El pasado 19 de noviembre informamos de la sentencia que dejaba sin efecto el acuerdo firmado por la dirección de Endesa y Ugt para eliminar y recortar los beneficios sociales que venían disfrutando las personas trabajadoras excluidas de convenio, tanto en activo como en situación de AVS. Recordamos que dicha sentencia también se pronuncia sobre los beneficios sociales de los pasivos excluidos de convenio (jubilados), considerando cosa juzgada este asunto por la sentencia del Tribunal Supremo de 7 de julio de 2021, que no reconocía los derechos a este colectivo. Como ya hemos informado, Comisiones Obreras está formalizando el recurso a esta sentencia en lo relativo al personal pasivo. Se presentará próximamente.
En relación a las dudas que han surgido sobre la posibilidad de ejecución de la sentencia referida a los activos y AVS, que la ley reserva exclusivamente a los sindicatos demandantes, informamos que CCOO no pedirá la ejecución ya que esperará el fallo del Tribunal Supremo ante el recurso que vamos a presentar. De pedir la ejecución, estaríamos corriendo el riesgo de que los afectados tengan que devolver las cantidades satisfechas por la ejecución, si hubiera un fallo desestimatorio. Consideramos, por ello, que lo más prudente es esperar al resultado del recurso. Si es favorable, obligará a la dirección de Endesa a reponer a los trabajadores afectados a sus anteriores condiciones desde la fecha en que se produjo la modificación de las mismas.