Está siendo arbitraria y contradictoria según los diferentes territorios y departamentos. ¿Por qué a personal adscrito a Retén, Intervención, Solicitante de Hojas de Trabajo Programado (descargos, etc.) o Jefes de Instalaciones se les “adapta” como personal de oficina con visitas puntuales, con las obligaciones de presencia en la instalación de dichos perfiles?
La plantilla de eDistribución está recibiendo durante esta semana la comunicación en cuanto al puesto según su actividad y los riesgos que esta tiene asociados. Como avanzamos en una nota anterior, esta asignación que, como se expuso en la Comisión de Participación, debería provenir de una “adaptación”, que no de una “evaluación”, está siendo arbitraria y contradictoria en los diferentes territorios y departamentos.
A los trabajadores que hayáis sido adaptados a los puestos 2 y 3 (Administración y Gestión de Recursos con Visitas Puntuales) os informamos que el PG05 del Sistema de Gestión en la Salud y Seguridad de Endesa lo define como "personal que realiza inspecciones visuales, que no maniobra las instalaciones y que realiza estas visitas acompañado por una persona conocedora de los trabajos o instalaciones".
No entendemos que, a personal adscrito a Retén, Intervención, Solicitante de Hojas de Trabajo Programado (descargos, etc.) o Jefes de Instalaciones, se le adapte como personal de oficina con visitas puntuales, con las obligaciones de presencia en la instalación que conllevan dichos perfiles.
Recomendaciones
En la comunicación recibida, se nos pide que “aceptemos” o “rechacemos”. Ante esto, os recordamos que debéis:
- Analizar el puesto al cual hemos sido asignados y leer detenidamente la ficha asociada a vuestro puesto.
- Reflexionar si la asignación ha sido la adecuada o no y proceder a “Aceptar” o “Rechazar”.
Nuestros procedimientos de gestión en seguridad y salud PG05.2.1.5 Información a los trabajadores y representantes dicen lo siguiente:
“El Área Organizativa a la que se adscriba el trabajador informará de los riesgos propios de su puesto de trabajo, para ello entregará la ficha de información de riesgos, utilizando para ello el Formato PG05_F01.
El trabajador deberá acusar recibo de dicha información.
En el caso de que la recepción de la ficha se realice a través de medios informáticos, implicará que el acuse de recibo se realice mediante la elección de las opciones Aceptar/Rechazar.
Pulsar el botón “Aceptar” o, en su caso, firmar en la casilla Aceptar, implica acusar recibo de la Ficha de Información y que ha visualizado hasta el final el documento.
Pulsar el botón “Rechazar” o, en su caso, firmar en la casilla Aceptar, implica que el trabajador ha recibido el documento y lo ha visualizado hasta el final, pero no está de acuerdo con el contenido de parte o la totalidad del mismo. Esta actuación implica expresar los motivos del rechazo.
En caso de rechazo por parte del trabajador, el Área Organizativa, en colaboración con el Servicio de Prevención Mancomunado (SPM), analizará los motivos expuestos y determinará la procedencia de modificar dicha ficha o mantener la existente. El SPM informará al menos trimestralmente a la representación de los trabajadores de las situaciones anteriores que se puedan presentar (envíos realizados, aceptaciones y rechazos), a través del informe de gestión de la herramienta del expediente digital”.
- En el caso de rechazar y que el área con la colaboración con el SPM se ratifique y nos parezca inadecuado, podemos expresar por escrito los motivos de rechazo, solicitando que la respuesta sea igualmente por escrito.
Te recordamos que, según el procedimiento, “el Área Organizativa realizará la convocatoria de reuniones para la explicación de dichas Fichas de Información de Riesgos. La asistencia a dicha reunión se registrará a través del formato asistencia (Formato PG05_F03).
Los Representantes de los Trabajadores en materia de prevención podrán colaborar en la exposición de la Ficha de Información de Riesgos, independientemente del sistema utilizado.
Cuando así se indique, los trabajadores visualizarán no sólo la información de riesgos, si no aquel material audiovisual que se facilite, a los efectos de mejorar la comprensión de las Fichas de Información de Riesgos.
La información de riesgos no será efectiva hasta que el trabajador no se le haya explicado la ficha a través del Área Organizativa o persona en quien delegue, a excepción del personal de oficinas o perfil de visita (personal que realiza inspecciones visuales, que no maniobra las instalaciones y que realiza estas visitas acompañado por una persona conocedora de los trabajos o instalaciones).
Para este personal de oficinas o perfil de visitas se realizarán convocatorias para la explicación de la Ficha de Información de Riesgos con una periodicidad trimestral, dirigida a las nuevas incorporaciones y a todo aquel que haya modificado su perfil de riesgos.
En el caso de la modificación de la Evaluación de Riesgos, en lo relativo a la información de riesgos del trabajador, se procederá conforme a lo indicado en este apartado (…)”.
- Mientras no se realice esta explicación, la ficha no es válida. En el momento que sea válida, únicamente deberéis realizar los trabajos descritos y para los que habéis sido evaluados.
- Participaremos en la explicación de la nueva ficha a la plantilla afectada. Hay que tener muy claro que las actividades van asociadas a riesgos y que, en ningún caso, se realizarán actividades que no estén contempladas en la ficha asignada.
- Cualquier modificación ha de comunicarse al responsable y al SPM para analizar, si procede, el cambio de asignación de puesto.