La mejor garantía de preservar un modelo sindical participativo, reside en transmitir información puntual y conocimiento exacto de todas las materias que constituyen las relaciones laborales del Grupo Endesa

Uno de los pilares básicos que conforman el estilo sindical de Comisiones Obreras, es la responsabilidad de informar con agilidad y transparencia.


A partir de esta premisa y nunca en deterioro de los procesos asamblearios y la comunicación directa, presentamos este nuevo instrumento al servicio de los trabajadores/as del Grupo Endesa como reafirmación de nuestro compromiso histórico.

La puesta en marcha de esta herramienta participativa, está encaminada a proporcionar un amplio conocimiento de las materias que configuran nuestras relaciones laborales, con la finalidad de convertir al trabajador en protagonista activo en la defensa y mejora de sus derechos contractuales.


Con esta iniciativa nos proponemos facilitar una información homogénea, completa y actualizada y esperamos que nos hagais llegar vuestras consultas y propuestas, aceptando el reto de responder a ellas con la mayor celeridad posible y de forma personalizada.

Si logramos que este proyecto se convierta en algo útil para vosotros/as daremos por cumplido nuestro objetivo.

Información paga Ebitda/coste nómina

Informamos que la paga del Ebitda/coste nómina se abonará en la nómina del presente mes de mayo, y que será equivalente al 2 % del salario bruto anual de cada persona trabajadora de Endesa.

Según recoge el vigente Convenio en el art.8.2: ”Este pago se abonará en la primera nómina posible después de la aprobación por la Junta General de Accionistas de los resultados del año”.

La paga Ebitda/coste nómina está reconocida para la plantilla de Endesa desde la firma del III Convenio Marco.

Información EBITDA paga 0,5% en julio de los conceptos salariales revalorizables

La dirección de Endesa nos ha confirmado hoy que el EBITDA/coste nómina del año 2017 ha sido superior al EBITDA/coste nómina del año 2016 en un 4,93 %. Al ser este porcentaje inferior al 10 %, supone que en la nómina de julio se abonará a la plantilla, en concepto “Paga Conv. No Consolidable”, una paga equivalente al 0,5 % de los conceptos salariales revalorizables, según el Art. 8.3 del convenio colectivo.  En general, conceptos revalorizables son los siguientes: Salario Convenio, SIR 1 a SIR 6 y Complementos Personales CP1, CP3, CP6, CP8 y CP10.