La mejor garantía de preservar un modelo sindical participativo, reside en transmitir información puntual y conocimiento exacto de todas las materias que constituyen las relaciones laborales del Grupo Endesa

Uno de los pilares básicos que conforman el estilo sindical de Comisiones Obreras, es la responsabilidad de informar con agilidad y transparencia.


A partir de esta premisa y nunca en deterioro de los procesos asamblearios y la comunicación directa, presentamos este nuevo instrumento al servicio de los trabajadores/as del Grupo Endesa como reafirmación de nuestro compromiso histórico.

La puesta en marcha de esta herramienta participativa, está encaminada a proporcionar un amplio conocimiento de las materias que configuran nuestras relaciones laborales, con la finalidad de convertir al trabajador en protagonista activo en la defensa y mejora de sus derechos contractuales.


Con esta iniciativa nos proponemos facilitar una información homogénea, completa y actualizada y esperamos que nos hagais llegar vuestras consultas y propuestas, aceptando el reto de responder a ellas con la mayor celeridad posible y de forma personalizada.

Si logramos que este proyecto se convierta en algo útil para vosotros/as daremos por cumplido nuestro objetivo.

CCOO denuncia el acuerdo de Hydro Iberia ante la Dirección General de Trabajo

La discrepancia fundamental es la voluntad de la dirección de abrir un proceso de Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo (artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores). Todo esto ocurre mientras los trabajadores afectados de Hydro Iberia concurrían a unos procesos electorales que dieron una contundente victoria por mayoría absoluta de CCOO y el aval al posicionamiento de CCOO con firmas de más del 65% de la plantilla afectada.

 

El posicionamiento de CCOO Endesa ha contado con las firmas del 65% de la plantilla afectada

Comisiones Obreras ha presentado el pasado 15 de junio un escrito en la Dirección General de Trabajo del Gobierno de España para que “no se registre ni se publiquen los acuerdos expresados en la Comisión de Materias Concretas en relación a la aplicación del Cierre consulta previa y periodo de consultas de O&M Iberia Hydro”.

El escrito de CCOO detalla el proceso de una negociación que fue iniciada el 17 de marzo y tiene su punto de discrepancia fundamental en la voluntad de la dirección de iniciar un proceso de Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo según el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (ET).  Después de analizar la documentación, CCOO no consideró probadas ninguna de las causas necesarias para la aplicación de dicho artículo, ni las técnicas, ni las organizativas, ni -mucho menos- las económicas.

Por ello, la propuesta de CCOO fue llevar a cabo el proceso a través del artículo 82.3 del ET, puesto que entiende que lo que la dirección de Endesa pretende realmente es inaplicar diversos preceptos de los distintos convenios colectivos que se encuentran vigentes en los centros de trabajo que O&M Iberia Hydro tiene en España. La dirección de Endesa rechazó estos argumentos.

Con esta discrepancia, la negociación continuó con el único apoyo de Ugt a la dirección, en base al cual la dirección de Endesa continuó con su plan de aplicar el artículo 41 del ET hasta que, en el último momento, cambia su posición, pero no para dar la oportunidad de resituar la negociación en el ámbito correcto, sino con el objetivo de hacer prevalecer sus intereses.

Todo esto ocurría mientras los trabajadores afectados de Hydro Iberia concurrían a unos procesos electorales que dieron una contundente victoria por mayoría absoluta de CCOO y el aval al posicionamiento de CCOO con firmas de más del 65% de la plantilla afectada.

A día de hoy, CCOO desconoce el texto final que la dirección pretende dar a los convenios colectivos que pretende invalidar, ya que no lo ha puesto en conocimiento de la mesa negociadora del período de consultas. Tampoco sabemos cómo será el listado de personal afectado, los conceptos de dietas, la desconexión digital, los complementos de puesto de trabajo asociados a las ocupaciones actuales, procedimientos de actuación en la interacción de los centros de control con las Agrupaciones, los protocolos de intervención y los nuevos protocolos de atención al servicio que tendrían que formar parte del acuerdo.

Según la dirección de Endesa, esta información se ofrecerá en una comisión de seguimiento del acuerdo en la que solo estará presente la dirección y Ugt, por ser el único sindicato firmante.

Además, en el acuerdo se establece un Complemento de Especial Dedicación (CED), con el que se pretende compensar el tiempo de trabajo fuera de la jornada laboral ordinaria anual. Según CCOO, esto vulnera el artículo 35 del ET, ya que, en el pacto de la dirección y Ugt, este CED supone el abono de “todas las horas de trabajo” por encima de la jornada ordinaria tal y como se recoge en las actas de las reuniones, mientras que el ET limita el número de estas horas a 80.

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