Ningún trabajador debe realizar funciones que no le corresponden, pues puede acabar imputado por responsabilidades que son ajenas a él.
La dirección no nos ha dejado otra opción que acudir a Inspección de Trabajo. Tras meses de hacer un gran esfuerzo en gestiones y pedagogía constructiva para corregir los comportamientos inaceptables de algunos responsables, hemos comprobado que no hay avances significativos. Por ello, no podemos seguir sumando días de impunidad a unas prácticas que ponen en el ojo del huracán a nuestros compañeros. Comisiones Obreras considera inaceptable que un trabajador pueda acabar imputado por realizar el trabajo que se le pide con los medios materiales, humanos y económicos que le proporciona Endesa.
Hablamos de los incumplimientos sobre la figura de Jefes de Instalación y la delegación de dicha función, sobre la que, en sucesivas Comisiones de Participación, y conforme a la Norma “NNM001 Definiciones” (9a Ed.), se ha solicitado que se aporte la relación de los Jefes de Instalación y de aquellos que pueden ser delegados, incluyendo para qué funciones y ámbito temporal se produce dicha delegación.
Hemos insistido en lo mismo también mediante escrito, registrado a Relaciones Laborales el 25 de abril de 2018, tanto en Endesa Distribución Eléctrica (EDE) como las instalaciones de otras empresas eléctricas o clientes, cuyo mantenimiento u operación este asignado a EDE, También hemos pedido el formato documental sobre el que se realiza dicha delegación.
La respuesta de la dirección, el 28 de septiembre pasado, incluye un listado genérico en la que no aparece un único Jefe de Instalación, sino varios, contraviniendo la norma UNE-EN 50110-1. Y las cuando aparecen personas delegadas con diversas funciones delegadas, no aparece la descripción de las funciones, ni el ámbito temporal de las mismas, ni para qué instalaciones.
Esta indefinición permite que haya responsables que expresen que las imputaciones “hay que repartirlas” y que se pueda acabar señalando como responsable al trabajador ante accidentes o averías motivados por falta de inversión y mantenimiento. Y que éste acabe imputado. También, la indefinición posibilita que estos mandos puedan pedir realizar funciones que no le corresponden y en instalaciones que no conocen. Este registro de CCOO solicita corregir el error por imputación de responsabilidad.
Comisiones Obreras se pregunta si nuestro código de conducta y régimen disciplinario no opera ante estos comportamientos reiterados de desprecio a la normativa vigente. ¿Debemos esperar a que un compañero nuestro acabe en la carcel? ¿Debemos esperar a un accidente por autorizar un trabajo en instalaciones que no se conocen?
CCOO acudirá a la vía penal en caso de incidente motivado por estas actitudes. Nuestra postura es de tolerancia cero con comportamientos reiterados que ponen en riesgo la seguridad de los trabajadores e instalaciones.
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