La mejor garantía de preservar un modelo sindical participativo, reside en transmitir información puntual y conocimiento exacto de todas las materias que constituyen las relaciones laborales del Grupo Endesa

Uno de los pilares básicos que conforman el estilo sindical de Comisiones Obreras, es la responsabilidad de informar con agilidad y transparencia.


A partir de esta premisa y nunca en deterioro de los procesos asamblearios y la comunicación directa, presentamos este nuevo instrumento al servicio de los trabajadores/as del Grupo Endesa como reafirmación de nuestro compromiso histórico.

La puesta en marcha de esta herramienta participativa, está encaminada a proporcionar un amplio conocimiento de las materias que configuran nuestras relaciones laborales, con la finalidad de convertir al trabajador en protagonista activo en la defensa y mejora de sus derechos contractuales.


Con esta iniciativa nos proponemos facilitar una información homogénea, completa y actualizada y esperamos que nos hagais llegar vuestras consultas y propuestas, aceptando el reto de responder a ellas con la mayor celeridad posible y de forma personalizada.

Si logramos que este proyecto se convierta en algo útil para vosotros/as daremos por cumplido nuestro objetivo.

Visto para sentencia el conflicto colectivo en turno de Granadilla

La demanda solicita que se respete un tiempo de preaviso de cinco días para el personal que se encuentre en turno cero. También pedimos que respete su derecho a la desconexión digital, dado que no es una guardia y, de facto, no percibe ninguna compensación por localización o disponibilidad.  Antes de iniciarse el juicio CCOO desistió de la reclamación del derecho a la no obligación de las personas trabajadoras a realizar las horas extraordinarias, ya que, tras ser interpuesta la demanda, la dirección ha ido cubriendo las ausencias de larga duración y evitando que se produzcan reenganches, lo que supone ya una mejora importante para la plantilla. 

Central de Granadilla

Antes de iniciar el juicio se procedió por CCOO a desistir de la reclamación del derecho a la no obligación de las personas trabajadoras a realizar las horas extraordinarias. Y es que, una vez interpuesta la demanda, la dirección ha ido cubriendo las ausencias de larga duración y evitando que se produzcan reenganches -recordemos que uno de los principales motivos fue que acumuló más de 100 dobletes de 16 horas-. Esto ha sido ya una mejora importante para la plantilla. Desde CCOO hemos reservado acciones legales por si vuelve a producirse en el futuro. 

Asimismo, se procedió a aclarar la demanda solicitando que se respete un tiempo de preaviso de cinco días para el personal que se encuentre en turno cero, dado que existe la problemática de cambios de la programación semanal que implica en ocasiones que se modifique la jornada de un día para otro. Esta pretensión de CCOO se realiza asimilando estas modificaciones sobre la jornada anual al concepto jurídico de jornada irregular regulada en el propio convenio colectivo de Endesa en su artículo 34.

De igual modo, para este personal se ha pedido se respete su derecho a la desconexión digital dado que la dirección pretende que las personas trabajadoras permanezcan pendientes al móvil de empresa en su tiempo de descanso o vacaciones por si hubiera cambios en su jornada. Nos ha sorprendido que la representación de la empresa haya querido contemplar al turno cero como una de las excepciones previstas en la política interna de desconexión digital que aplican por ejemplo al retén. Desde CCOO hemos defendido que el turno cero no es una guardia y, de facto, no percibe ninguna compensación por localización o disponibilidad.

Esperamos una sentencia estimatoria y se mejore con ello la conciliación de la vida laboral y personal.

Ámbito