La mejor garantía de preservar un modelo sindical participativo, reside en transmitir información puntual y conocimiento exacto de todas las materias que constituyen las relaciones laborales del Grupo Endesa

Uno de los pilares básicos que conforman el estilo sindical de Comisiones Obreras, es la responsabilidad de informar con agilidad y transparencia.


A partir de esta premisa y nunca en deterioro de los procesos asamblearios y la comunicación directa, presentamos este nuevo instrumento al servicio de los trabajadores/as del Grupo Endesa como reafirmación de nuestro compromiso histórico.

La puesta en marcha de esta herramienta participativa, está encaminada a proporcionar un amplio conocimiento de las materias que configuran nuestras relaciones laborales, con la finalidad de convertir al trabajador en protagonista activo en la defensa y mejora de sus derechos contractuales.


Con esta iniciativa nos proponemos facilitar una información homogénea, completa y actualizada y esperamos que nos hagais llegar vuestras consultas y propuestas, aceptando el reto de responder a ellas con la mayor celeridad posible y de forma personalizada.

Si logramos que este proyecto se convierta en algo útil para vosotros/as daremos por cumplido nuestro objetivo.

Hemos solicitado saber qué medidas en prevención de riesgos se van aplicar tras el decreto aprobado sobre episodios de elevadas temperaturas

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BOE-A-2023-11187 RDL 4_2023.pdf 653.65 KB
CCOO Avanza

Hoy ha salido publicado en el BOE, Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, que adjuntamos en esta entrada, por el que se adoptan medidas urgentes, entre otras, en materia de prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas. Entre las medidas que se incluyen, la de los trabajos que se desarrollen al aire libre o en lugares de trabajo que no puedan quedar cerrados afecta directamente a Endesa.

El presente decreto modifica el RD487/1997 e indica que las medidas preventivas a adoptar derivarán de la evaluación de riesgos y que estas incluirán la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora cuando las Agencias Meteorológicas Estatal o Autonómicas emitan un aviso de fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas, de nivel naranja o rojo. En estos casos, también resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.

Desde CCOO se ha solicitado al Servicio de Prevención Mancomunado conocer cómo se va a incluir en las Evaluaciones de Riesgo de la plantilla de Endesa lo descrito en el mismo. En el mismo sentido, también hemos solicitado a los HSEQ de las Áreas Organizativas conocer cómo se va a proceder con las empresas colaboras.

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