El Ministerio de Hacienda devolverá el IRPF relativo a las prestaciones de maternidad y paternidad a quienes la Agencia Tributaria (AEAT) denegó la devolución por pedirla antes de la sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2018 que las dejó exentas. La devolución afectará a años anteriores a 2014, siempre y cuando los contribuyentes hubiesen presentado recursos por los que se hubiera interrumpido el tiempo de prescripción de cuatro años que marca la Ley General Tributaria.
Para reclamar las cantidades, los afectados deberán presentar una solicitud ordinaria en la AEAT, bien de forma presencial o telemática.