La mejor garantía de preservar un modelo sindical participativo, reside en transmitir información puntual y conocimiento exacto de todas las materias que constituyen las relaciones laborales del Grupo Endesa

Uno de los pilares básicos que conforman el estilo sindical de Comisiones Obreras, es la responsabilidad de informar con agilidad y transparencia.


A partir de esta premisa y nunca en deterioro de los procesos asamblearios y la comunicación directa, presentamos este nuevo instrumento al servicio de los trabajadores/as del Grupo Endesa como reafirmación de nuestro compromiso histórico.

La puesta en marcha de esta herramienta participativa, está encaminada a proporcionar un amplio conocimiento de las materias que configuran nuestras relaciones laborales, con la finalidad de convertir al trabajador en protagonista activo en la defensa y mejora de sus derechos contractuales.


Con esta iniciativa nos proponemos facilitar una información homogénea, completa y actualizada y esperamos que nos hagais llegar vuestras consultas y propuestas, aceptando el reto de responder a ellas con la mayor celeridad posible y de forma personalizada.

Si logramos que este proyecto se convierta en algo útil para vosotros/as daremos por cumplido nuestro objetivo.

Nuevas normas del Comité de Atenciones Sociales en Canarias

Afectan a las copias de las facturas, el cambio en la tramitación de ayudas por ortodoncia y los conceptos en las facturas presentadas.

 

Las nuevas normas están pactadas por las tres secciones sindicales y la dirección de RHO.

Informamos de los cambios recientes relacionados con el Comité de Atenciones Sociales en Canarias (CAS), consensuadas por las tres secciones sindicales de Endesa y la dirección de Recursos Humanos.

En lo que respecto a las copias de facturas, y con el fin de facilitar al trabajador la deducción en el IRPF de gastos médicos y otros recogidos recientemente en la declaración de la renta, el comité de atenciones sociales admitirá copias de las facturas, debiendo quedar los originales bajo custodia del trabajador al menos durante un año.

En todo caso, sí deberá presentarse siempre  original del formulario de solicitud, firmado por el trabajador y con la tabla resumen trasera cumplimentada.

 En lo que se refiere al cambio en la tramitación de ayudas por ortodoncia, ya no es necesario acumular todas las facturas de un tratamiento de ortodoncia hasta finalizar el mismo. Se pueden ir presentando las facturas según se vayan recibiendo. Para las personas que tienen facturas de tratamiento acumuladas por la anterior norma, recomendamos presentarlas en este próximo comité del día 30 de noviembre.

En lo que se refiere a los conceptos de facturas presentadas, debido a la evolución en la denominación de procedimientos y productos comerciales, se están teniendo muchas dificultades en la valoración de las facturas presentadas. Por ello, la dirección de Recursos Humanos ha reseñado que las facturas deben indicar un concepto coincidente con los recogidos en la lista de conceptos incluidos en las ayudas del comité.

Es decir, una factura no puede indicar solo, por ejemplo, un nombre comercial de un cristal de gafas, debe indicar si son de lejos o cerca, bifocales o si tienen protección para ordenador, conceptos todos ellos recogidos en el comité. Igualmente en caso de tratamientos odontológicos, no puede indicarse, por ejemplo, “Poste Grafito”; deberá indicarse si es un empaste, implante, desvitalización, entre otros, conceptos todos recogidos asímismo en el comité. Cualquier concepto que no se corresponda con los recogidos por el comité podrá quedar fuera de valoración, en cuyo caso podría presentarse en una posterior reunión con la debida aclaración del concepto. Si no es posible modificar el concepto de la factura por ser informatizado, debe indicarse como comentario de la factura, sellado por el emisor de la factura.

En cuanto al límite de presentación de solicitudes, corregimos un error de esta sección sindical en la comunicación de la semana pasada y recordamos que la fecha de recepción de solicitudes es, según norma del CAS, hasta dos días antes de la fecha de celebración del mismo. Es decir, en este caso, hasta el día 28 de noviembre. A modo informativo, se recuerda que la edad límite de solicitud de ayudas al CAS es de 65 años, sean activos o en AVS. Entrando en esta comunicación obtienes el modelo de formulario y listado de ayudas vigente del CAS. Al final de esta comunicación puedes encontrar el modelo oficial de solicitud al CAS, así como el listado de los tipos de ayudas vigente.

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