La mejor garantía de preservar un modelo sindical participativo, reside en transmitir información puntual y conocimiento exacto de todas las materias que constituyen las relaciones laborales del Grupo Endesa

Uno de los pilares básicos que conforman el estilo sindical de Comisiones Obreras, es la responsabilidad de informar con agilidad y transparencia.


A partir de esta premisa y nunca en deterioro de los procesos asamblearios y la comunicación directa, presentamos este nuevo instrumento al servicio de los trabajadores/as del Grupo Endesa como reafirmación de nuestro compromiso histórico.

La puesta en marcha de esta herramienta participativa, está encaminada a proporcionar un amplio conocimiento de las materias que configuran nuestras relaciones laborales, con la finalidad de convertir al trabajador en protagonista activo en la defensa y mejora de sus derechos contractuales.


Con esta iniciativa nos proponemos facilitar una información homogénea, completa y actualizada y esperamos que nos hagais llegar vuestras consultas y propuestas, aceptando el reto de responder a ellas con la mayor celeridad posible y de forma personalizada.

Si logramos que este proyecto se convierta en algo útil para vosotros/as daremos por cumplido nuestro objetivo.

Dos días de asuntos propios en 2016 a los empleados de Endesa en Canarias que no hayan faltado al trabajo

Siempre que el trabajador no haya faltado al trabajo durante 2015 podrá disfrutar de un día de permiso retribuido para asuntos propios y de otro día adicional por no haberse producido accidentes de trabajo con baja en el ámbito del Comité de Seguridad y Salud de su centro de trabajo.

Quedan exceptuadas las ausencias por el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, o por asistencia psicológica o jurídica a las victimas de violencia de género o de acoso sexual o de violencia terrorista.

Día de permiso retribuido

Los trabajadores de Canarias que no han faltado al trabajo durante 2015 tienen derecho a dos días de permiso retribuido. Este derecho está recogido en el artículo 40.2 del Convenio Colectivo.

Así tienen derecho a un día de permiso retribuido para asuntos propios aquellos trabajadores que no hayan faltado al trabajo durante 2015, quedando exceptuadas las ausencias por el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, o por asistencia psicológica o jurídica a las victimas de violencia de género o de acoso sexual o de violencia terrorista.

Por otro lado, disfrutarán de un día de permiso retribuido adicional por no haberse producido accidentes de trabajo con baja en el ámbito del Comité de Seguridad y Salud de su centro de trabajo.

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