Nuestro recurso reclama este derecho como “condición más beneficiosa”, pues siempre se ha parado para desayunar sin que la empresa haya requerido fichar las pausas.
La empresa continúa abriendo expedientes disciplinarios. Desde CCOO insistimos en la necesidad de retomar la negociación colectiva y pactar soluciones que mejoren el clima laboral.
Tal y como informamos en esta nota de marzo, la Audiencia Nacional desestimó la demanda de CCOO ante la decisión de la empresa de obligar al fichaje de las pausas en Clictac en jornadas continuadas, el conocido tradicionalmente como “tiempo de desayuno o bocadillo”, regulado en el artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores.
Para este pronunciamiento judicial, fue clave el acuerdo de Registro de Jornada, firmado por UGT y SIE en 2020, que establece la obligación de registrar el inicio y fin de la jornada, así como las pausas. CCOO no firmó dicho acuerdo, pues introducía como definición de tiempo efectivo de trabajo "el tiempo que dedica el trabajador exclusivamente a la actividad laboral". En esta nota de 2020 explicábamos en detalle las razones.
Desde el sindicato seguiremos defendiendo hasta el final que el tiempo de desayuno sea considerado tiempo de trabajo efectivo, y por lo tanto, no tengamos que fichar la pausa. Es por ello que, ante la sentencia de la Audiencia Nacional, hemos presentado Recurso de Suplicación ante la Sala del Tribunal Supremo.
Nuestra defensa se basa en reclamar este derecho como “condición más beneficiosa”, pues en Endesa siempre se hacía la parada para desayunar sin que la empresa requiriera fichar las pausas, ni siquiera después de la firma del acuerdo de Registro de Jornada de 2020. Y lo hizo con una voluntad inequívoca, tal y como establece el Tribunal Supremo, para reconocer la condición más beneficiosa.
Es muy relevante tener en cuenta que, mientras no se resuelva judicialmente esta reclamación, los trabajadores han de cumplir con la instrucción dada por la empresa y fichar las pausas cuando se pare para el desayuno. De no hacerlo, están expuestos a que se les abra expediente sancionador. Recordamos que el VI Convenio Colectivo Marco del Grupo Endesa incluyó como faltas graves y muy graves no registrar adecuadamente la jornada de trabajo.
Nuevos expedientes
La empresa continúa abriendo nuevos expedientes disciplinarios. Esperemos que cumpla con lo difundido en el vídeo enviado recientemente a la plantilla, advirtiendo previamente y que aplique criterios de proporcionalidad. Desde CCOO insistimos en la necesidad de retomar la senda de la negociación colectiva y pactar soluciones que mejoren el clima laboral.
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